Beneficios

Fondo de Solidaridad

El auxilio en caso de calamidad domestica de que trata el Articulo 47 de los Estatutos del Fondo Reginal Cauca.

Seguro Funerario

Es un seguro que ampara la muerte del asociado o alguno de sus familiares.

Beneficios

Requisitos para tener derecho a los diferentes beneficios:

Entérate de nuestros beneficios y conoce la forma de acceder a ellos.

  1. Es un seguro que ampara la muerte del asociado o alguno de sus familiares, para el pago de los gastos del entierro.
  2. Valor del servicio: El costo de este servicio es de diez mil pesos ($ 10.000) pesos mensuales no reembolsables, descontados semestralmente al asociado, dicho valor será ajustado cada 1º de Enero de cada año con el IPC del año anterior. Todo asociado nuevo, tendrá derecho al servicio después de seis (6) meses de afiliado al fondo.
  3. Beneficiarios: Asociados, esposo (a) o compañera permanente, padres, hijos y hermanos; El grupo familiar no puede exceder de seis (6) beneficiarios incluido el asociado.
    1. Requisitos:
    2. Diligenciar el formulario que para tal efecto diseñe el Fondo de Empleados Reginal Cauca, con el nombre, documento de identidad, edad, parentesco y los respectivos soportes
    3. Si el asociado no ha cumplido con este requisito, el fondo se libra de la responsabilidad de pagar el auxilio funerario de los beneficiarios y solamente lo pagara por la muerte de asociado.
    4. Para solicitar el auxilio es necesario adjuntar el certificado de defunción
      Valor del auxilio funerario:
    1. Por muerte del asociado: Cuatro (4) SMLV a la fecha de su deceso.
    2. Por la muerte del esposo (a), padres, hijos y hermanos del asociado, dos y medio (2.5) SMLV a la fecha de su deceso.
    3. PARAGRAFO:

      El seguro funerario se pagara al asociado hasta treinta (30) días después de haberse retirado del fondo.

  1. El auxilio en caso de calamidad domestica de que trata el Articulo 47 de los Estatutos del Fondo Reginal Cauca; solo se reconocerá al asociado, previo estudio de la Junta directiva y la acumulación de dicho reconocimiento no podrá exceder a un salario mínimo mensual vigente.
Whatsapp